MEDIACIÓN
MERCANTIL
Soluciones ágiles y no demoradas en el tiempo
Mediación Mercantil Ronda
En IURISPROMEDIACIÓN somos partidarios de aplicar la MEDIACIÓN MERCANTIL en el tráfico jurídico ya sea: en las relaciones autónomo-autónomo; relaciones autónomo-empresas; relaciones entre empresas.
En SAAVEDRA&ABOGADOS hemos apostado por este medio alternativo de resolución de conflictos
Reclamaciones de deudas a clientes / proveedores

Con la situación actual existente, con un panorama de colapso jurídico, ante la masiva saturación de nuestros Juzgados. IURISPROMEDIACIÓN considera que la Mediación es un procedimiento a tener en cuenta, entre otras cuestiones que después expondremos, porque en la mayoría de las ocasiones, la viabilidad del negocio de un autónomo o empresas, depende de la solución rápida de sus conflictos. Pensemos en un conflicto económico originado por el impago de un cliente, de cierta importancia, para la economía de un autónomo. Imaginemos el tedioso proceso de la reclamación de una deuda por parte de un autónomo.
Se inicia la reclamación con la reclamación mediante el correspondiente requerimiento previo por burofax al deudor , tiene 30 días naturales para recoger el requerimiento. Posteriormente deberemos adicionar el lapso de tiempo que aprovecha el deudor para contestar dicha comunicación. Seguidamente vendría la interposición del denominado procedimiento Monitorio, reclamación judicial que se presenta en los Juzgados , mientras se turna en el Juzgado, se admite la demanda, pueden transcurrir 2 meses . Posteriormente se comunica al deudor, y ahora, entraremos en el juego del deudor, dilatando la notificación con algunas maniobras, no recoger la notificación , etc.… Si la notificación resulta negativa , se deberá investigar a través del Punto neutro del Juzgado “otros domicilios” por si el deudor tuviera alguno más, o se hubiera modificado su domicilio . Con lo cual , el deudor podría tardar en recibir su demanda dos o tres meses más. Que adicionado al plazo que tiene para contestarla, originaria la demora de otro mes . Hasta ahora no hemos contemplado la actitud del deudor, porque bien pudiera oponerse al referido procedimiento monitorio, y obligar al acreedor a que presente una demanda, ya sea de juicio verbal u ordinaria, dependiendo de la cuantía de su reclamación.
Con todo lo anterior, el panorama no es muy esperanzador en cuanto a la celeridad del procedimiento, el autónomo ( en este caso acreedor), lo único que quiere es recuperar económicamente una cantidad de dinero. Y está viendo que el procedimiento se le está dilatando en el tiempo. Poniendo en serio peligro hasta la continuidad de su actividad empresarial.

Después se celebrará el juicio correspondiente, y cuando finalice, suponiendo que no haya recurso de Apelación. El Acreedor tendrá que instar la correspondiente ejecución de dicha sentencia. Como se podrá comprobar nos podemos ir a 3 o 5 años de demora en este procedimiento. Si el autónomo tiene más deudas, es evidente que la situación económica de éste se hace insostenible. Tarde o temprano tendrá que cerrar su negocio , por no haber elegido bien sus cauces para solucionar sus conflictos económicos.
En IURISPROMEDIACION opinamos que, con la proposición al acreedor de una Mediación Mercantil , se acelera el procedimiento, de tal forma que en 1 ó 2 meses, como mucho, puede estar finalizado el asunto. Y el profesional o empresario puede estar en posibilidades de cobrar su deuda, aunque sea de forma fraccionada y aplazada.
Características de la Mediación Mercantil
1.- Empoderamiento de las partes. Acreedor y deudor ( mediados) adquieren el protagonismo en el proceso de Mediación.
2.- Rápida y Ágil. Puede durar 1 o 2 meses, o incluso menos, dependiendo de la disposición y colaboración de las partes.
La agilidad que aporta el proceso de mediación, ayuda a reducir la tensión emocional y el agotamiento de las personas en los procesos judiciales, y favorecerá la continuidad de ambos .
3.-Control.- El Acuerdo final no lo impone un tercero. Lo consensuan las partes implicadas. Las relaciones entre ambas partes mejoran, ya que, generalmente se optará por llegar a un acuerdo gracias a una mejora de la comunicación sin escalar en el conflicto y esto previene futuras disputas.
4.- Personalizada.- Amplio abanico de soluciones, la Mediación se intentará , generalmente el denominado “win to win” es una estrategia que tiene como objetivo conseguir que todas las partes salgan beneficiadas.
5.- Económica.- Abarata los costes de los procedimientos judiciales.
6.- Satisfacción de las partes. Adaptada a las necesidades de las partes. La Mediación preserva el vínculo parental. Al haberse aplicado una estrategia “win to win”, se potenciarán los lazos comerciales de ambos para un futuro.
Si quieres más información accede , mediante el vínculo siguiente a un video informativo sobre la Mediación Mercantil
La mediación mercantil suele ser especialmente efectiva en los siguientes conflictos, derivados de…

- Contratos de Distribución, agencia, franquicia, suministro de bienes y servicios , siempre que hayan sido objeto de negociación individual.
- Entre administradores
- Entre administradores y la Junta Directiva
- Discordancia en valoraciones de activos
- Entre empresarios
- Entre autónomos
- Entre autónomos/empresarios
- Entre proveedores y clientes
- Empresas familiares
La mediación, además, cobra mayor protagonismo en el ámbito de los negocios jurídicos gracias al objetivo que persigue de preservar las relaciones existentes entre las partes, que resultan esenciales en toda actividad empresarial y dotan a la misma de seguridad y estabilidad.
Mediación en Empresas Familiares
En IURISPROMEDIACIÓN consideramos que la MEDIACIÓN MERCANTIL en el CASO DE CONFLICTO DE LAS EMPRESAS FAMILIARES, es el medio de resolución alternativa de conflictos que mejor se adapta a la naturaleza familiar de estas empresas. De ahí que en Saavedra &Abogados hayamos apostado por aconsejar a nuestros clientes la Mediación para este tipo de conflicto.

- Garantizar la estabilidad de la dirección de la empresa.
- Que todos los socios tengan el convencimiento de que la solución hallada es justa y equilibrada.
En dicho protocolo familiar deberá incluir respuestas a cuestiones tales como :
- Preparación del proceso de cambio generacional con tiempo.
- Debe planificarse la formación y experiencia del sucesor.
- Deberá planificarse la formación y experiencia del familiar sucesor .
- No forzar, ( anticipar o retrasar), el momento de la sucesión.
- Deberá existir sintonía de ambos administradores ( saliente y el entrante) en cuanto a la visión la visión del negocio, teniendo en cuenta el entorno económico y sus objetivos.
- Los socios de la empresa y el nuevo administrador deben reconocerse mutuamente sus capacidades profesionales y actuar en consecuencia.

En las Empresas familiares suelen originarse otros tipos de conflictos, su dificultad radica en su particular organización empresarial de naturaleza mixta. Se da la confluencia de dos sistemas el empresarial y el familiar, cada uno de ellos con su propia lógica:
1.- el primero opera con parámetros racionales (reparto de dividendos, gerencia de la empresa, etc.)
2.- el segundo se desarrolla sobre la base, fundamentalmente, de la afectividad.
Motivaciones de los conflictos que se generan en la empresa familiar:
- La confusión entre la propiedad y la gestión.
- La confusión entre la propiedad y el trabajo.
- La confusión de las cuentas del negocio y de la empresa.
- Las responsabilidades asumidas y la remuneración de los miembros de las diferentes generaciones.
- Los conflictos de las diferentes visiones de aplicación de los criterios empresariales
- Falta de liderazgo.
- Falta de comunicación.

Mediación Conflictos de Empresas
Estas soluciones pueden ser a nivel interno, respecto de sus propios socios, empleados o simplemente departamentos, o a nivel externo, respecto de las relaciones que existan de las empresas entre sí .Los numerosos negocios jurídicos y relaciones comerciales que surgen en la actividad habitual de una empresa hacen que se conviertan en rutinarios los conflictos. Estos conflictos, pueden afectar negativamente a la actividad empresarial e, incluso, llegar a un punto en el que la situación se vuelva insostenible.
Una vez ocurre esto, las partes implicadas tienen la opción de emprender vías legales que, en muchas ocasiones, no son la alternativa más beneficiosa, ya que de ellas deriva un debilitamiento de la relación entre las partes que no es conveniente para la actividad empresarial, por no hablar del gran impacto que causa negativamente, desde el punto de vista publicitario, la difusión de su conflicto.